Delitos económicos: cuándo una mala gestión empresarial se convierte en delito

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Tu empresa está en pérdidas. Has retrasado pagos a proveedores. Hacienda reclama deudas que no puedes cubrir. Los empleados llevan dos meses con retrasos en nóminas.

¿Es mala gestión o es delito?

La línea entre ambos es más delgada de lo que piensas. Y cruzarla no requiere mala intención. Basta con tomar decisiones equivocadas bajo presión, desconocer tus obligaciones legales, o priorizar mal en una situación de crisis.

La diferencia entre un #concursodeacreedores y una condena penal puede estar en cómo gestionaste esa crisis.

Cuándo la mala gestión cruza la línea penal

No todas las decisiones empresariales erróneas son #delito. Equivocarse en una inversión, perder clientes, o incluso llevar una empresa a la quiebra no es delictivo por sí mismo.

El delito aparece cuando hay:

Intención de perjudicar a terceros (acreedores, socios, trabajadores, Hacienda).

Ocultación deliberada de información económica relevante.

Simulación de operaciones para aparentar solvencia inexistente.

Disposición fraudulenta de activos en perjuicio de acreedores.

En otras palabras: la diferencia no está en el resultado económico. Está en cómo actuaste cuando la situación se complicó.

Los #delitoseconómicos más frecuentes en #gestiónempresarial

1. #Alzamiento de bienes

Ocurre cuando, ante una situación de #insolvencia, el administrador oculta o transmite bienes para evitar que los acreedores cobren.

Caso real: Administrador de sociedad con deudas superiores a 200.000 €. Antes de solicitar concurso, transmite varios inmuebles a nombre de familiares mediante compraventas simuladas. Los acreedores denuncian. Resultado: condena por alzamiento de bienes, pena de prisión e inhabilitación para administrar sociedades.

No importa si tu intención era “proteger el patrimonio familiar”. Si hay acreedores legítimos y ocultas activos, es delito.

2. Administración desleal

Cuando un administrador gestiona la sociedad en beneficio propio o de terceros, en perjuicio de los socios o de la propia empresa.

Ejemplos frecuentes:

Contratar servicios a empresas propias a precios no de mercado.

Usar fondos sociales para gastos personales sin justificación.

Tomar decisiones que benefician a una empresa del grupo en 

perjuicio de otra.

No hace falta robar. Basta con gestionar con conflicto de intereses no declarado.

3. Insolvencia punible

Se da cuando se genera o agrava la insolvencia de la empresa mediante actos fraudulentos.

Actos típicos:

Destruir, ocultar o alterar la contabilidad.

Realizar gastos o inversiones desproporcionadas en situación de crisis.

Simular créditos o deudas ficticias.

Vender activos por debajo de su valor real.

Caso real: Sociedad en situación pre-concursal. El administrador realiza pagos a determinados proveedores (en los que tiene interés personal) y deja impagados al resto. Cuando se solicita el concurso, se descubre que la contabilidad no refleja la realidad económica de los últimos dos años. Resultado: procedimiento penal por insolvencia punible.

4. #Delito contra el derecho de los trabajadores

No pagar salarios pudiendo hacerlo, o no ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social descontadas de las nóminas.

Este delito es especialmente grave porque no requiere que la empresa esté en situación de insolvencia real. Basta con que el administrador decida no pagar salarios teniendo liquidez, o que destine fondos a otros pagos dejando las nóminas impagadas.

La contabilidad: tu mejor defensa o tu peor enemigo

En cualquier delito económico, la contabilidad es la prueba clave. Si está ordenada, completa y refleja la realidad de la empresa, puede demostrar que actuaste con diligencia incluso si las cosas salieron mal.

Si está incompleta, alterada, o directamente no existe, es casi imposible defenderte de una acusación de delito económico.

Hemos visto casos en los que la ausencia de contabilidad fiable convirtió una mala racha empresarial en una condena por insolvencia punible. Y casos en los que una contabilidad clara salvó a administradores de acusaciones infundadas.

No es burocracia. Es defensa legal.

Señales de que tu situación puede derivar en problema penal

Si tu empresa está en alguna de estas situaciones, necesitas asesoramiento legal urgente, no solo contable:

Llevas más de 3 meses sin pagar nóminas y tienes liquidez para otros gastos.

Has transmitido bienes de la empresa a terceros en los últimos 6 meses estando en situación de                     impago.

No has presentado concurso teniendo obligación legal de hacerlo (dos meses desde que                                 conociste la insolvencia).

Has alterado, ocultado o dejado de llevar contabilidad en periodo de crisis.

Tienes deudas con Hacienda o Seguridad Social superiores a 120.000 € sin plan de pagos.

En estos casos, la mala gestión ya ha cruzado o está a punto de cruzar la línea penal.

Qué hacer si la situación ya está comprometida

Si sospechas que tu gestión puede haber generado responsabilidad penal, o si ya has recibido denuncia o requerimiento judicial, no esperes.

La estrategia correcta pasa por:

Regularizar la situación contable de inmediato.

Documentar todas las decisiones tomadas y su justificación.

No realizar nuevas operaciones sin asesoramiento legal.

Evaluar si procede solicitar concurso voluntario antes de que lo soliciten tus acreedores.

Preparar defensa jurídica antes de que se formalice la acusación.

El tiempo que pierdes intentando “arreglar” la situación por tu cuenta es tiempo que pierdes para construir una defensa sólida.

Conclusión

La diferencia entre mala gestión y delito económico no está en si la empresa sale adelante o no. Está en cómo actuaste cuando las cosas se complicaron.

Ocultar información, priorizar pagos irregularmente, alterar contabilidad, o disponer de activos en perjuicio de acreedores convierte una crisis empresarial en responsabilidad penal.

Y para entonces, no necesitas solo un asesor fiscal. Necesitas un abogado penalista.

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Sin alarmismos. Sin vaguedades. Con la defensa preventiva que tu empresa necesita.


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